Dos abogados constitucionalistas dijeron que la circular del MAP viola el derecho a la intimidad de los empleados públicos
Abogados constitucionalistas consultados por Diario Libre advirtieron que la circular del Ministerio de Administración Pública (MAP) que instruye la realización de un levantamiento sobre el cumplimento de pago de los servicios de electricidad y agua por parte de los empleados de instituciones gubernamentales, no tiene base legal y viola el derecho a la intimidad consagrado en el artículo 44 de la Constitución.
El abogado Juan Castillo Pantaleón indicó que las leyes Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la de Función Pública No. 41-08 no establecen como un deber del servidor público informar a su superior sobre el pago de sus compromisos particulares.
«Los deberes del servidor público que están sujetos a sanciones están en la ley de Función Pública y todos están vinculados al ejercicio de sus funciones. El pagar o no la luz de tu casa no tiene que ver con la función pública, es un servicio particular», expresó.
A su vez, el experto constitucional Cirilo Guzmán, indicó que el MAP se extralimitó con esta circular y, si el objetivo es que todos los servidores públicos paguen debidamente estos servicios, las empresas distribuidoras de electricidad tienen el mecanismo para el cobro o, en su defecto, suspensión del servicio.
«Aunque sean empleados públicos, tienen derecho a no dar informaciones personales de ese tipo, a menos que con un préstamo les vayan a pagar la factura, eso no le importa a nadie, si no paga la luz se la cortan. El derecho a la intimidad entraña que en la vida privada de las personas no puede entrometerse nadie», puntualizó.
Castillo Pantaleón señaló que la circular del MAP no ofrece una explicación clara de qué hará con los datos recopilados y que, en todo caso, el servidor que ofrezca esta información lo puede hacer únicamente de manera voluntaria y consentida, reconociendo que ninguna normativa vigente lo obliga a ceder esta información.