¿Quiénes podrán transitar durante el toque de queda?

SANTO DOMINGO.-El Poder Ejecutivo emitió esta tarde el decreto 7-21 mediante el cual se mediante el cual establece cuáles personas podrán circular durante el toque de queda.

Estas son las personas a quienes se permitirá la circulación durante el horario del toque de queda:

a) Personas dedicadas a los servicios de salud, tales como médicos, enfermeros,
bioanalistas, personal paramédico y personal farmacéutico.

b) Personas con alguna emergencia médica que necesiten dirigirse a algún centro
de salud o farmacia.

c) Personas dedicadas a labores de seguridad privada debidamente identificadas.

d) Miembros de la prensa y demás medios de comunicación debidamente
acreditados.

e) Operadores de vehículos y técnicos de empresas e instituciones prestadores de
servicios de energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos
debidamente identificados, exclusivamente durante el ejercicio de sus
funciones laborales.

f) Operadores de vehículos dedicados a la distribución urbana e interurbana de
mercancías, insumos y combustible debidamente identificados exclusivamente
durante el ejercicio de sus funciones laborales.

g) Personas que laboren en la industria y comercio de alimentos y productos
médicos y farmacéuticos y estén en tránsito hacia y desde sus lugares de
trabajo, siempre que porten identificación de una empresa autorizada por la
Comisión de Alto Nivel para la Prevención y Control del Coronavirus.

h) Pasajeros internacionales y operadores de vehículos particulares o comerciales
que estén trasladando a estos, así como empleados del sector de transporte
marítimo y aéreo debidamente identificados en tránsito hacia o desde puertos
y aeropuertos.

i) Empleados de empresas que brinden servicios funerarios, exclusivamente
durante el ejercicio de sus funciones laborales,

j) Empleados o contratistas de los sectores de hotelería, minería y zonas francas,
exclusivamente durante el ejercicio de sus funciones laborales,

k) Empleados de OPRET y OMSA, tras la culminación de sus labores, siempre
que estén debidamente identificados y se dirijan hacia sus hogares.

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