Altagracia Guillén desvió para su finca materiales destinados para fiscalía de Salcedo, dice el Pepca

En el caso de los materiales que alegadamente se compraron para la fiscalía de Salcedo, los mismo fueron utilizados para la finca de la imputada en Monte Plata, según expediente.

SANTO DOMINGO.- La imputada Altagracia Guillén supuestamente fabricó facturas de la empresa Ramsa para beneficiarse de contrataciones ficticias a cambio de recibir sobornos.

Como ejemplo, el Ministerio Público en la solicitud de medida de coerción, dijo que en el caso de los materiales que alegadamente se compraron para la fiscalía de Salcedo, los mismo fueron utilizados para la finca de la imputada en Monte Plata. Esta construcción se realizó prácticamente en su totalidad con los materiales y empleados de la Procuraduría General de la República.

La Operación Medusa, encabezada por los procuradores adjuntos Yeni Berenice Reynoso y Wilson Camacho, responsables de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público y la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), comenzó con 38 allanamientos simultáneos realizados la noche del lunes en el Distrito Nacional y otras demarcaciones, mientras que los arrestos se realizaron entre lunes y martes.

Los arrestados fueron trasladados a la cárcel preventiva localizada en el cuarto piso del Palacio de Justicia de Ciudad Nueva. El Ministerio Público les solicitará medidas de coerción en las próximas horas por corrupción contra el Estado Dominicano, en violación a las disposiciones del artículo 146, numeral 1, de la Constitución.

La Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), en coordinación con la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, también les imputa violación a los artículos 123, 124, 166, 167, 265, 266 y 405 del Código Penal, que describen y sancionan la coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y estafa contra el Estado.

Enfrentarán, además, cargos de infracción al artículo 3, párrafo, de la Ley 712, de fecha 27 de junio de 1927, que tipifica el desfalco y que modifica los artículos 171 y 172 del Código Penal, así como de los artículos 5, 6 y 10 de la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, por haber incurrido en actos de acceso ilícito, daño o alteración de datos y sabotaje.

El auto de acusación del Ministerio Público, para presentar ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente, incluye cargos de violación a los artículos 1 y 2 de la Ley 488-06, sobre soborno.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

dieciseis + 3 =