ADOCOSE expresa preocupación por medida cautelar presentada por la SISALRIL

Santo Domingo. D.N.- La Asociación Dominicana de Corredores de Seguros (ADOCOSE), representada por su Presidenta, Eloísa Muñoz, expresó su preocupación por la medida cautelar incoada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) con el objetivo de anular el Reglamento relacionado con las normas y procedimientos para las apelaciones por ante el Consejo Nacional de Seguridad Social quien es la entidad reguladora del Sistema Dominicano de Seguridad Social, por mandato de la Ley 87-01. 

Muñoz expresó que con esta acción la SISALRIL se convertiría en juez y parte, pues en caso de que se anule este Reglamento, dicha entidad tendría la potestad para emitir resoluciones que podrían afectar la viabilidad financiera y operacional del Sistema.

De igual manera, resaltó que, según la ley 87-01, el organismo que tiene la responsabilidad de aprobar las políticas y regular el Sistema, y sus instituciones es el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y que la SISALRIL es solo una parte de este Sistema y que para que el equilibrio permanezca deben tener derecho de consulta y decisión los representantes de cada sector participante: Empleador, Trabajador y Gubernamental. ADOCOSE considera que es muy preocupante que la SISALRIL esté judicializando procesos que deberían ventilarse dentro del CNSS.

Por tanto, ADOCOSE como defensora de los afiliados, reitera su opinión de defender un Sistema con Coberturas médicas adecuadas aprobadas bajo el Catálogo de Prestaciones vigentes dentro del Plan Básico de Salud, sustentados en protocolos de atención primaria que garanticen la estabilidad y equilibrio del Sistema a en el corto, mediano y largo plazo. Así mismo,  reitera que apoyará cualquier propuesta de modificación del Catálogo de Prestaciones vigentes que signifique una mejor cobertura para los afiliados tomando en consideración los estudios técnicos y actuariales necesarios para hacerlos financieramente viables y siempre que se haga utilizando las vías establecidas en la Ley 87-01 incluyendo la previa autorización del Consejo Nacional de Seguridad Social.

 

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