Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela restituye facultades de la Asamblea Nacional

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) suprimió hoy, 1 de abril, parte de las sentencias 155 y 156, las cuales tratan la inmunidad parlamentaria y las funciones de la Asamblea Nacional del país mediante la promulgación de dos nuevos fallos.

Las sentencias 157 y 158 modifican las dos anteriores sentencias, 155 y 156, en las cuales se facultaba a la Sala Constitucional del TSJ a ejecutar las funciones de la Asamblea Nacional, ya que esta última se encuentra en desacato.

​De esta manera, la Sala Constitucional regresa las funciones legislativas al Parlamento. Asimismo, el fallo suprime todas las menciones a la inmunidad parlamentaria y las decisiones tomadas contra la figura, con lo que se restituye las facultades de los legisladores.

Estas sentencias fueron promulgadas luego de que el Consejo de Defensa de Venezuela exhortara al TSJ a revisar su decisión de asumir las funciones de la Asamblea Nacional.

El presidente venezolano, Nicolás Maduro, en la noche del 31 de marzo activó el Consejo de Defensa de la Nación, que se establece en el artículo 323 de la Constitución para resolver las diferencias entre el Tribunal Supremo de Justicia y el Ministerio Público, en vista de las declaraciones de la fiscal general, Luisa Ortega Díaz.

La Asamblea Nacional se encuentra en desacato luego de juramentar, a pesar de la suspensión por parte del TSJ, a tres diputados del estado Amazonas. La decisión de suspensión fue tomada por parte del Tribunal Supremo tras ser publicada una serie de grabaciones en las que se veía a la entonces secretaria de la Gobernación de Amazonas, Victoria Franchi, ofreciendo sumas de dinero a diferentes personas para votar por estos candidatos.

 

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